Las claves de la nueva ley hipotecaria

La nueva ley hipotecaria regula importantes aspectos a la hora de comprar una vivienda: productos derivados, comisiones, el reparto de los gastos de tramitación o la información que debemos recibir por parte de la entidad financiera cuentan con una nueva regulación. Tras varios años de negociaciones y tramitaciones, la nueva ley introduce mejoras para los consumidores y notarios, además de aportar una mayor seguridad a los bancos.
¿Cuáles son las claves más destacadas de la ley? A continuación, te contamos todos los detalles.
Novedades en la nueva ley hipotecaria
Si estás pensando en adquirir una vivienda mediante hipoteca o si ya tienes una, estos son los principales cambios que debes conocer.
¿Qué ocurre con las comisiones?
La nueva ley no limita las comisiones de apertura, pero sí establece que esta será la única comisión que la entidad pueda cobrarnos al contratar una hipoteca. En este cargo se tendrán que incluir todos los gastos que la entidad quiere que abones.
Por otro lado, las comisiones por amortización anticipada quedarán limitadas por ley.
Los cambios de una hipoteca variable a fija
Con la llegada de la nueva ley, la comisión de novación (la que se paga al pasar una hipoteca de variable a fija) pasa a ser limitada. Los bancos no podrán cobrar más del 0,15 % durante los tres primeros ejercicios de vida del préstamo hipotecario. Desde el cuarto año, las entidades no podrán cobrar por este hecho.
Productos vinculados
Los productos vinculados son todos los productos que se ofrecen y que están vinculados a la hipoteca. Seguros, planes de pensiones o cualquier otro que el banco nos ofrece para poder rebajar los intereses de la hipoteca. La nueva ley distingue, en la actualidad, entre dos tipos de ventas:
- Ventas vinculadas. Se producen cuando la entidad nos ofrece, en un mismo pack, hipoteca y otros productos. Con la nueva normativa, estas ventas, se prohíben.
- Ventas combinadas. Son las que presentan la hipoteca y el resto de productos por separado, por lo que su contratación es libre a gusto del interesado. Estas ventas sí se permiten.
Gastos de tramitación con la nueva ley hipotecaria
Con la nueva ley queda delimitado quién debe asumir los gastos que derivan de la contratación de la hipoteca. En primer lugar, el cliente deberá asumir los gastos de tasación y, si desea una copia de la escritura, pagará los aranceles al notario.
La entidad financiera abonará el resto de gastos: gestoría, notarios, registros o el impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Cláusulas suelo
Con la nueva ley no deberían producirse, de nuevo, problemas con estas cláusulas. La norma establece que, si se contrata una hipoteca a tipo variable, no se podrán fijar límites a la baja del tipo de interés. Esto es, si el índice de referencia de la hipoteca cae, el interés que pagamos y, por tanto, la cuota, bajará también.
Intereses de demora
Los intereses de este tipo que cobra el banco cuando nos retrasamos en el pago de la cuota de la hipoteca estarán limitados. Por ejemplo, si como clientes estábamos pagando el 2 %, la entidad no podrá aplicarnos más del 5 %.
Subrogación
La nueva ley facilita la posibilidad de que el consumidor se lleve la hipoteca a otra entidad. Como clientes, seremos los únicos que podamos decidir si nos quedamos en nuestra entidad o nos cambiamos.
En conclusión
La nueva ley hipotecaria ya es una realidad. Su objetivo es claro: pretende defender los derechos que tenemos como clientes, además de proporcionar una mayor seguridad jurídica a las entidades financieras. Por ello, te destacamos las principales claves de la ley en esta entrada.
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